INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA NUESTRA SEÑORA DEL
CARMEN - Líbano Tolima
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y
PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES (Decreto 1290 de 2009)
Los principios establecidos en el presente SISTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN rigen para los estudiantes matriculados en nuestra
institución educativa, por lo tanto para el ingreso de estudiantes nuevos se
respetará y acatará el contenido de los certificados expedidos por las
respectivas instituciones educativas.
1. CRITERIOS DE
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
1.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación es un proceso permanente que busca
estimular la formación integral del estudiante, mediante la valoración del
desarrollo de sus competencias, el alcance de los objetivos del Plan de
Estudios y el cumplimiento de las normas y principios establecidos en el
Acuerdo de Convivencia, todo ello enmarcado en un ambiente pedagógico que
permita desarrollar intencionalmente el PEI en función de la calidad, la
inclusión y la pertinencia.
1.1.1. La valoración del aprendizaje determinará
los avances o dificultades en el desarrollo de las competencias básicas y
específicas, los conocimientos adquiridos, las habilidades desarrolladas y las
actitudes asumidas en cada área y periodo.
1.1.2. La valoración del proceso de aprendizaje será
integral, formativa, continua, descriptiva y cuantitativa; su
aplicación es responsabilidad del docente titular con la asesoría y supervisión
de las CEP.
1.1.3. La valoración del desempeño escolar de los
estudiantes se hará de acuerdo a una escala numérica entre 1 y 5 (esto
significa que ninguna actividad o proceso pedagógico podrá ser valorado con una
nota inferior, ni superior a ella)
1.1.4. Si un estudiante de undécimo grado (11°) en las
pruebas SABER alcanza un NIVEL DE COMPETENCIA SATISFACTORIO en un grupo de
áreas, se le dará como estímulo la valoración aprobatoria de un periodo
académico, de acuerdo a los siguientes criterios:
PRUEBA EVALUADA
|
AREAS RELACIONADAS
|
PORCENTAJE O NIVEL
|
LECTURA CRÍTICA
|
*Lenguaje
*Filosofía
|
60%
|
MATEMÁTICAS Y RAZONAMIENTO CUANTITATIVO
|
*Matemáticas
|
Promedio 60%
|
SOCIALES Y COMPETENCIAS CIUDADANAS
|
* Economía y política
* Ética y Valores
|
Promedio 60%
|
CIENCIAS NATURALES
|
*Física y Química
|
60%
|
INGLÉS
|
* Inglés
|
A1
|
1.1.5. Si un estudiante de undécimo grado (11°)
obtiene la certificación como TÉCNICO EN CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES
COMERCIALES Y FINANCIERAS, otorgado por el SENA, se le dará como estímulo la
valoración aprobatoria de un periodo académico con referencia a las áreas, que
desarrollan competencias específicas: Contabilidad, Salud Ocupacional,
Educación Ética e Inglés.
1.1.6. La valoración del comportamiento social estará
a cargo del Director de grupo y el Coordinador(a) y se tendrán como referentes:
el observador del estudiante, el diálogo con el grupo, el registro de
inasistencia y el cumplimiento de los compromisos acordados.
1.1.7. Las valoraciones de periodos anteriores para
los estudiantes que ingresen en el transcurso del año escolar, corresponderán a
las expedidas por la respectiva Institución Educativa. Sin embargo, si un
estudiante después de haberse matriculado no presenta ningún tipo de
certificación, se le aplicará una prueba que permita definir la VALORACIÓN
ACADÉMICA para cada una de las áreas y periodos.
1.1.8. La planeación, ejecución y evaluación de los
PLANES DE ESTUDIO será procesual, de esta manera la obtención de una valoración
aprobatoria posterior en un mismo logro o competencia, será evidencia de la
superación de las dificultades o limitaciones de periodos anteriores.
1.1.9. Para acceder al título de BACHILLER TÉCNICO CON
ESPECIALIDAD EN COMERCIO, los estudiantes de undécimo grado (11°) deberán
presentar previamente las certificaciones correspondientes al SERVICIO SOCIAL
(80 HORAS) y a la PRÁCTICA EMPRESARIAL (440 horas mínimas), la cual podrá ser
sustituida por la ejecución de un PROYECTO PRODUCTIVO con impacto
institucional.
1.1.10. Para acceder al título de TÉCNICO EN
CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES COMERCIALES Y FINANCIERAS, otorgado por el SENA,
los estudiantes de undécimo grado (11°) deberán presentar la certificación de
la ETAPA PRODUCTIVA (correspondiente a 880) y aprobar con una valoración
definitiva o igual o superior a 4,0 (80%) cada una las competencias
establecidas en el proceso de articulación.
1.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN
La promoción es considerada como el avance continuo en
el proceso formativo del estudiante, de acuerdo al ritmo y estilo de
aprendizaje, el cual es evidenciado mediante el proceso de evaluación. Sin
embargo, al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción
realizará un balance de los logros alcanzados frente a los logros esperados en
cada una de las áreas con el ánimo de aconsejar la promoción o incluso la
reprobación del grado.
1.2.1. El nivel de Educación Preescolar, estimulará el
desarrollo de las dimensiones biológica, comunicativa, xxcognitiva, ética y
estética, a través de experiencias de socialización y recreación, por lo tanto
se garantizará la promoción de todos sus estudiantes
1.2.2. En el Nivel de Educación Básica Primaria la
promoción se presentará cuando el estudiante apruebe todas las áreas
obligatorias y fundamentales.
1.2.3. En el Nivel de Educación Básica
Secundaria la promoción se presentará cuando el estudiante apruebe todas y cada
una de las áreas.
1.2.4. En el Nivel de Educación Media Técnica
la promoción se presentará cuando el estudiante apruebe todas y cada una de las
áreas.
1.2.5. La institución implementará la PROMOCIÓN SOCIAL
para los estudiantes CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Esta será
recomendada por el EQUIPO DE APOYO INTERDISCIPLINARIO, el cual realizará un
seguimiento permanente del avance cognitivo y socioafectivo de los estudiantes
(es responsabilidad del equipo describir ante la Comisión de Evaluación y
Promoción correspondiente los antecedentes que motivan la promoción, sin
modificar las valoraciones definitivas de cada área).
LA VALORACION EN EL BOLETIN ES CUALITATIVA
(DDESEMPEÑO BASICO)
1.2.6. Los diferentes Modelos Educativos Flexibles
implementados en la Institución como: ESCUELA NUEVA, A CRECER y
ACELERACION DEL APRENDIZAJE, diseñarán las estrategias y equivalencias
que permitan el cumplimiento de los criterios de evaluación y promoción
establecidos a nivel institución.
1.2.7. La Institución garantizará LA PROMOCIÓN
ANTICIPADA en los diferentes grados (excepto 11°) para los estudiantes que
demuestren un excelente desempeño escolar, un ritmo de aprendizaje mucho
más avanzado al del grupo y para los estudiantes que después de reiniciar el
año demuestren eficiencia en la superación de las dificultades que
impidieron su promoción. Para tal efecto se tendrá en cuenta lo siguiente:
· El estudiante y el padre de familia o acudiente,
deberán presentar la solicitud por escrito al consejo académico durante el
primer bimestre del año escolar.
· La CEP correspondiente analizará: el registro de
desempeño académico en cada área, el observador de estudiante y de ser
necesario podrá solicitar una VALORACIÓN ACADÉMICA en las diferentes áreas,
aspectos mediante los cuales podrá aconsejar o denegar la solicitud.
· Si la CEP aconseja la promoción deberá
diligenciar el acta respectiva, la cual servirá de soporte para solicitar la
expedición del certificado correspondiente.
1.3. CRITERIOS DE REPROBACIÓN
La reprobación se presentará cuando un estudiante al
finalizar el año escolar:
1.3.1. Presenta valoración definitiva inferior a
3.0 (tres) correspondiente al DESEMPEÑO BAJO en UN área.
1.3.2. Alcanza un porcentaje de Inasistencia
superior al 25% de la intensidad horaria correspondiente a cada área, situación
que generó dificultades o limitaciones en el desarrollo de las competencias
específicas.
1.3.2.1. para
casos especiales se tendrá en cuenta
1.3.3. Si un estudiante de undécimo grado (11°)
reprueba el año escolar, pero cumple con las exigencias establecidas por el
SENA, podrá acceder al título de TÉCNICO EN CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES
COMERCIALES Y FINANCIERAS. En este caso los estudiantes no podrán continuar la
cadena de formación en la entidad respectiva.
Casos especiales
Maternas, enfermedades, accidentes,
representaciones deportivas, culturales, .
Parágrafo: trabajo extraclase,
dirigido, el estudiante debe presentar el informe
2- ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES:
2.1. El proceso de evaluación de las actividades
académicas tendrá en cuenta las diferentes dimensiones para el desarrollo
humano, con el ánimo de garantizar mediante ella un proceso de formación
integral en los estudiantes. Por ello, para la valoración definitiva de cada
periodo, el docente deberá tener como mínimo una valoración de: el SABER
(dominio de conocimientos), el HACER (desarrollo de habilidades) y el SER y
CONVIVIIR (fomento de actitudes).
2.2. Los estudiantes deben participar en las
diferentes actividades y momentos evaluativos en cada una de las áreas, estos
deben ser concertados y orientados por el docente.
2.3. Las evaluaciones orales y escritas deben ser
diseñadas de manera que permitan la ubicación de los estudiantes en cada uno de
los niveles de desempeño establecidos en la escala nacional (SUPERIOR, ALTO,
BÁSICO o BAJO)
2.4. Las pruebas objetivas que se apliquen deben
estimular el desarrollo de procesos de pensamiento tales como: comprensión,
análisis, discusión crítica, organización de ideas, solución de
problemas, uso inteligente de la información y trabajo en equipo. Todo
ello con el objetivo de independizar los criterios evaluativos de factores
relacionados con la simple memorización.
2.5. Las pruebas escritas se estructurarán y aplicarán
teniendo como base los tipos y modelos de pregunta utilizados en las pruebas
SABER Y SENA.
2.6. Los trabajos individuales, grupales y extraclase
deben ser orientados, valorados y corregidos en el aula, se recomienda al
docente dar a conocer la correspondiente bibliografía y cibergrafía.
2.7. Cuando para el estudio de un grupo de áreas sea
necesario dividirlo, los resultados de estas deben promediarse para obtener su
valoración definitiva (si las áreas son orientadas por docentes diferentes se
recomienda planear y evaluar de manera articulada)
2.8. Los docentes cuyas áreas tengan cierta afinidad
con los diferentes encuentros, eventos o certámenes a los cuales sea invitada
la institución, deberán estimular y valorar la participación activa de los
estudiantes en cada uno de ellos.
2.9. Si para el desarrollo de una actividad curricular
o extracurricular es necesario solicitar materiales de trabajo o recursos
económicos, se debe informar con anterioridad al padre de familia y tener
cuidado para que no impliquen la inversión de altas cantidades de dinero.
2.10. Si en el desarrollo de una actividad pedagógica
se comprueba algún tipo de fraude, copia o plagio, esta no será valorada y
dicha falta deberá ser registrada en el observador del estudiante.
2.11. Los estudiantes deberán conocer la
valoración de las diferentes actividades pedagógicas en un tiempo no mayor a
los diez (10) días hábiles después de su presentación.
2.12. Las actividades pedagógicas que se programen
fuera del plantel, deben planearse con anterioridad, contar con la aprobación
de los padres de familia y presentar la programación de la unidad
temática a la coordinación respectiva.
DEBEN QUEDAR REGISTRADAS EN EL PLAN
OPERATIVO DE AREA ANTES DEL 15 DE FEBRERO
3. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES
La institución implementará LOS PLANES DE
MEJORAMIENTO, los cuales se planearán en el momento en que el docente a
través de la evaluación detecte las dificultades o limitaciones en el proceso
de aprendizaje; esto significa que se deben desarrollar en el transcurso del
periodo y al finalizar cada semestre.
3.1. Los PLANES DE MEJORAMIENTO son obligatorios para
todos los estudiantes que presenten dudas, dificultades o limitaciones
académicas (sólo se podrán aplazar cuando se compruebe enfermedad o calamidad
doméstica con previo conocimiento de la coordinación)
3.2. Los docentes podrán apoyarse de estudiantes como
monitores de sus pares en la superación de las dudas y dificultades presentadas
en los temas trabajados en clase. A sí mismo, en las horas destinadas a la
realización de actividades curriculares complementarias se podrán planear:
refuerzos, correcciones, monitorias, pruebas orales, trabajos prácticos y
sustentaciones, tendientes a que los estudiantes mejoren sus desempeños
académicos y comportamentales.
3.3. Los docentes de manera concertada podrán
sustituir los PLANES DE MEJORAMIENTO por PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN en
los cuales se relacionen las temáticas propias del área con las habilidades,
talentos y aptitudes de los estudiantes.
3.4. Los docentes deberán planear ACTIVIDADES DE
PROFUNDIZACIÓN para aquellos estudiantes que puedan acceder a niveles
superiores de pensamiento. Estas se desarrollarán de manera paralela a los
PLANES DE MEJORAMIENTO.
3.5. SEGUNDO
EVALUADOR: EL ESTUDIANTE TIENE DERECHO A SOLICTAR UN SEGUNDO EVALUADOR
CUANDO, por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas (acoso,
discriminación o alto índice de reprobación); un docente repruebe a un
estudiante o grupo de estudiantes; la CEP podrá recomendar por única vez, la
designación de un segundo evaluador (que sea docente del plantel de la
misma área), para realizar la revisión de las actividades pedagógicas, dicha
valoración quedará como definitiva en el informe de evaluación correspondiente.
3.6. El Consejo Académico conformará, por grados
(1° a 11°) una COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (CEP) que estará
integrada por:
- El coordinador académico o su delegado (quien la
convoca y preside)
- Director de cada uno de los grados
(secretario)
- EL REPRESENTANTE AL consejo de padres de
cada grado
- EL REPRESENTANTE AL consejo de estudiantes de
cada grado
PARÁGRAFO 1: Se consideran funciones de las CEP las siguientes:
- Analizar los casos de los estudiantes con
DESEMPEÑO BAJO en cualquiera de las áreas y los factores asociados al
rendimiento escolar, para hacer las recomendaciones generales o
particulares en términos de los Planes de Mejoramiento.
- completar
- Convocar a los padres de familia o acudientes, al
estudiante y al docente respectivo con el fin acordar las actividades de
apoyo para estudiantes con dificultades y acordar los compromisos de cada
una de las partes.
- Analizar los casos de los estudiantes que soliciten
promoción anticipada con el ánimo de aconsejar o denegar dicha solictud.
- Hacer el seguimiento respectivo al cumplimiento
de los compromisos pactados.
- Designar un segundo evaluador en los casos que
sean necesarios.
- Consignar en actas las decisiones y
recomendaciones, las cuales se constituirán como evidencia para
posteriores decisiones acerca de la promoción.
- Definir la promoción o reprobación de los
estudiantes e informar mediante resolución debidamente motivada.
- Diseñar los formatos de seguimiento
correspondiente.
- Elegir su presidente y secretario
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